
Se modifica el Decreto IMMEX
02/02/2010

Estimado Socio,
Como le habíamos informado anteriormente, el pasado 12 de enero de 2010, la Secretaría de Economía presentó ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), el anteproyecto mediante el cual pretende realizar modificaciones al Decreto IMMEX.
El anteproyecto estará en la COFEMER para consulta pública por un periodo de 30 días a partir del 12 de enero, en dicho plazo se podrá emitir comentarios sobre el mismo.
En la modificación al Decreto IMMEX se pretende abrogar los decretos ALTEX y ECEX, con la opción de que dichas empresas puedan solicitar su autorización como IMMEX.
Esto debido a que dichos Decretos son redundantes y obsoletos conforme a las actuales disposiciones, dejando las constancias vigentes.
A continuación presentamos un resumen de las principales modificaciones:
Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
El pasado 12 de enero de 2010, la Secretaria de Economía presentó ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), el anteproyecto del “Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” (Decreto IMMEX), mediante el cual pretende realizar diversas adecuaciones al marco normativo con el fin de regular la operación del Programa IMMEX.
Obtención del programa
Se contemplan modificaciones al artículo 11 del Decreto, referentes a la solicitud y obtención del Programa IMMEX:
v Se incluye la obligación de señalar los nombres de los socios, accionistas y representantes legales de las empresas en las solicitudes de programa IMMEX nuevo, así como de avisar de los cambios relacionados con esas personas durante la vida del Programa.
v Tratándose de solicitudes de Programa IMMEX para importar mercancía de los sectores azúcar, acero, neumáticos y sector textil y confección, se adiciona la obligación de anexar documentación sobre los locales en los que se llevarán a cabo las operaciones, incluyendo la descripción de las inversiones en bienes inmuebles, muebles, maquinaria y equipo, los planos de ubicación, fotografías y planos de las instalaciones, así como el número de personal, valor estimado o total de importaciones, volumen o valor estimado de producción o del servicio.
v La Secretaría de Economía otorgará el Programa IMMEX por un período preoperativo de 3 meses para importar maquinaria y equipo cuando en la visita de inspección, se conste que el solicitante sólo cuenta con el inmueble en el que se llevarán a cabo las operaciones.
v Se elimina la obligación de proporcionar al SAT las coordenadas geográficas que corresponden al domicilio fiscal del solicitante y a los domicilios donde llevará a cabo las operaciones.
Obligaciones.
Sistema de Control de Inventarios
Se propone eliminar el Anexo IV (Información que deberá contener el Sistema Automatizado de Control de Inventarios). Las empresas con Programa IMMEX podrán acogerse a las facilidades establecidas por el SAT para llevar el Sistema de Control de Inventarios.
Causales de cancelación
Se proponen modificaciones al artículo 27 del Decreto IMMEX para replantear las causales de cancelación del Programa IMMEX. Se proponen excepciones para iniciar el proceso de cancelación del Programa IMMEX cuando se trate de empresas certificadas o empresas que tengan más de 5 años operando, con más de 500 empleados inscritos en el IMSS y más de 20 millones de dólares en maquinaria y equipo, siempre que:
v Cometan por primera vez una infracción relacionada con la omisión en el pago de contribuciones, cuotas compensatorias, medidas de transición y éstas no representen más del 15% del valor en aduana de las mercancías.
v Cometan alguna irregularidad administrativa que no origine una omisión en el pago de contribuciones o cuotas compensatorias, y la misma se subsane dentro del plazo de 10 días hábiles a partir de que surta efectos la notificación de la irregularidad.
Programas ALTEX y ECEX
Con la propuesta de modificación al Decreto IMMEX se pretende abrogar el “Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras” (ALTEX) y el “Decreto para el Establecimiento de Empresas de Comercio Exterior” (ECEX).
Las empresas ALTEX podrán seguir aplicando el beneficio de la devolución del IVA en un plazo no mayor a 20 días hábiles y las empresas ECEX podrán seguir realizando sus operaciones de comercio exterior, siempre que en ambos casos soliciten un Programa al amparo del Decreto IMMEX.
En caso de querer realizar alguna propuesta de modificación se pueden comunicar a COMCE Noreste, al Depto. de Servicios, donde se estarán recopilando sus opiniones para hacerlas llegar a la COFEMER.
COMCE Noreste
Tel. (81) 8130-5360.
Fuente: COMCE